Admisión>Inscripción

>EUROPEAN INSTITUTE® ofrece varias fuentes de financiación y bonificación en relación al importe de la matrícula en sus Programas Formativos [Consultar condiciones de los cursos formativos con EUROPEAN INSTITUTE®].

> Financiación propia: eiRISK FINANCIALS® ofrece interesantes condiciones de financiación. Ejemplo de pago aplazado: pago en 6 mensualidades de 1.000,25 €/mes, o pago en 12 mensualidades de 527 €/mes. [Sujeto a condiciones de aceptación del préstamo, la acreditación será entregada al alumno una vez abonado el importe global aplazado]

 Financiación bancaria: Caja de Arquitectos Arquia Banca ofrece su financiación hasta en 5 años [sujeto a condiciones de aceptación del préstamo]

Ver condiciones Arquia

> Formación Bonificada a través de la Fundación Tripartita: La Fundación Tripartita es el organismo oficial que gestiona las ayudas a las empresas en concepto de formación ante la Administración y pone al alcance de éstas la posibilidad de solicitar una bonificación por los cursos que reciban los trabajadores asalariados de cualquier empresa.
Toda empresa que cotice por sus trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social, dispone de una cantidad económica [cuota de formación] para financiar la formación de sus empleados. Esto es lo que se conoce como formación continua para empresas. EUROPEAN 
INSTITUTE®  como entidad organizadora pone a  disposición de sus futuros alumnos la posibilidad de acceder a la bonificación. Las empresas que cotizan por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social, y que disponga de centros de trabajo en el territorio estatal, tienen derecho a disponer de crédito anual destinado a la formación continua de sus trabajadores. Esta financiación consiste en que, el importe de los cursos se bonifica en la cotización de la Seguridad Social, una vez que la empresa haya pagado y el trabajador realizado el curso. Pueden beneficiarse de esta bonificación todos los trabajadores por cuenta ajena en entidades públicas [según normativa] y privadas.
Los trabajadores dados de alta en el régimen de autónomos no pueden acogerse a esta normativa.
Comunicación de inicio de la formación:
_La comunicación se deberá realizar con una antelación mínima de 7 días naturales a la fecha de comienzo de cada grupo.
_Se deberán comunicar fechas, horarios, lugar de impartición, denominación y contenidos de la acción, modalidad y número de participantes.
Comunicación de finalización del curso y coste:
_La entidad deberá notificar la finalización del curso a través de la aplicación telemática, indicando la cuantía y el mes en el que se aplicará la bonificación.
_La comunicación podrá realizarse desde la finalización de la acción, y en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre.
_Se deberá comunicar el listado de participantes que han finalizado la formación [realización de al menos el 75% del curso], indicando los que pertenecen a colectivos prioritarios [mujeres, trabajadores de pymes, mayores de 45, trabajadores no cualificados, y trabajadores con discapacidad].
Practicar la bonificación en el boletín correspondiente: La empresa podrá practicar la bonificación a partir del mes en que finalice el grupo. En el boletín de cotización del mes siguiente o en cualquiera de ellos, hasta el boletín del mes de diciembre del año en curso. [Las bonificaciones correspondientes a permisos individuales podrán practicarse a medida que se abonen los salarios a los trabajadores].

Para más información:

Secretaría formación:
[solicitud de información personal] [+34] 910 840 508 / [+34] 652 642 378       
[contactar]
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.